En el Impuesto sobre Sociedades (”IS”) podemos distinguir dos tipos de entidades.
Las que realizan una actividad económica.
Y las que no.
Es importante esta distinción?
MUCHO. Las que no realizan una actividad económica se califican como ENTIDAD PATRIMONIAL. Y están castigadas fiscalmente por todos los lados.
Esto es especialmente importante en las entidades que se dedican al ALQUILER DE INMUEBLES.
Sean viviendas, trasteros, garajes o de uso turístico.
Porque para que exista actividad económica, hace falta un empleado con CONTRATO LABORAL y JORNADA COMPLETA.
A ver.
Esto se ha ido matizando con el tiempo.
La Dirección General de Tributos ha entendido (y aceptado) que la gestión de los inmuebles en muchos casos está externalizada. Y que no porque lo haga otro, es menos trabajo.
Entonces, no hace falta empleado si externalizo?
Bueno, las cosas no son tan simples.
Lo realmente importante, es que la persona que se deidque a gestionar esos inmuebles, sea interna o externa, dedique para ello TODA SU JORNADA LABORAL.
No sirve:
Externalizar a un gestor que lleve inmuebles tus inmuebles y los de otro.
Tener una persona que gestione tus inmuebles, pero además haga otras cosas.
Es que no sirve ni contratar dos personas a media jornada (absurdo pero real)!
No sirve nada de esto.
Una persona.
Interna o externa.
Que le dedique todo el día.
Ah, bueno! Hay una excepción, sí.
Cuando tenemos un grupo de sociedades, sólo necesitamos una persona para gestionar los alquileres de todo el grupo.
Entonces, todas las sociedades del grupo hacen actividad económica.
Todo lo anterior nos lleva a una conclusión.
Que lo importante no es tener o no una persona contratada. Aunque sea lo que lees en la Ley.
Lo importante es disponer de una MASA CRÍTICA de inmuebles a gestionar.
A qué me refiero con masa crítica?
Pues a una cantidad de inmuebles que, para gestionarlos, requiera echarle 40 horas a la semana.
Y lo importante tampoco es el número de inmuebles.
Ya que no es lo mismo gestionar una vivienda alquilada a largo plazo, que una de uso turístico.
O no es lo mismo gestionar el alquiler de un local, que el de un edificio entero.
Hay que ver caso por caso.
Pero una cosa está clara.
Cuantos menos inmuebles, más peligro de ser una entidad patrimonial.
Y cuantos más inmuebles, menos peligro.
O dicho de otra forma.
Cuantos menos inmuebles, más impuestos.
Y cuantos más inmuebles, menos impuestos.
Y cuáles son los castigos fiscales a las entidades patrimoniales?
Eso…
Te lo contaré el mes que viene.
Un abrazo,